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Novedades SUNAT

Lo que cambia en la facturación electrónica el 1 de enero de 2027

· 4 min de lectura

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El 1 de enero de 2027 entra un paquete de cambios en las reglas de validación de SUNAT. Estaban previstos para el 1 de agosto de 2026 y SUNAT los aplazó; la fecha podría moverse otra vez, así que conviene revisarla en los comunicados de cpe.sunat.gob.pe antes de diciembre.

Esto es lo que cambia, según la hoja oficial de reglas de validación (versión del 26.08.2026, hoja «Control de Cambios»).

El resumen diario cambia de formato

Es el cambio más delicado, porque un resumen se rechaza entero:

  • Las operaciones gratuitas se informan separadas, con los códigos 06, 07, 08 y 09, y el código 05 que se usa hoy se desactiva. Un resumen con el 05 desde esa fecha se rechaza, con todas las boletas del día dentro.
  • El IGV de las gratuitas va en su propio total, con su tasa.
  • La tasa del IGV viaja en el total gravado.
  • Se informa el nombre del adquirente.

Si tu sistema arma el resumen diario, esto no es opcional: hay que tenerlo listo antes del 1 de enero.

Código de producto SUNAT

El código de producto de 8 dígitos (catálogo 25, basado en UNSPSC) no pasa a ser obligatorio para todos: sólo se exige a ciertos emisores que SUNAT señala en su padrón, y pueden cumplir con el código GTIN.

Lo que sí cambia: si envías un código, tiene que existir en el catálogo. Hoy un código que no está es una observación; desde 2027, la regla 3496 pasa a ser error. Y en la liquidación de compra, el código de producto pasa a ser obligatorio.

Notas de crédito y débito

  • Una nota de crédito no puede superar el importe del comprobante que modifica. En facturas esto ya rige; en boletas entra en 2027.
  • Tampoco puede superar ningún subtotal del comprobante original (gravado, exonerado, inafecto…).
  • La nota de débito por penalidades (motivo 13) sólo admite operaciones inafectas.
  • Que cada nota de crédito modifique un solo comprobante (3261) ya está vigente: si hay que corregir varios, va una nota por cada uno.

¿Y la tasa especial de restaurantes y hoteles?

La tasa especial de 10.50 % para restaurantes y hoteles que califican rige hasta el 31 de diciembre de 2026. La ley prevé otra tasa para 2027, pero a la fecha de este artículo la hoja de reglas de SUNAT sólo admite 18 % y 10.50 %. Hasta que SUNAT publique la regla, no hay forma de emitir con la nueva tasa.

Qué hacer ahora

  1. Revisa cómo arma tu sistema el resumen diario, sobre todo si emites boletas con productos o servicios gratuitos.
  2. Si envías código de producto, valida que exista en el catálogo 25.
  3. Revisa que tus notas de crédito no superen el comprobante original ni sus subtotales.

Comprobia ya tiene estas reglas implementadas con la fecha de corte configurable: si SUNAT vuelve a mover la fecha, se cambia sin tocar tu integración.

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Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de tu contador. Comprobia es un servicio privado: no lo opera SUNAT.

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